El Consejo también formuló comentarios sobre la duración mínima de la detención alternativa.
Para mejorar la seguridad vial, los Ministerios de Justicia y Seguridad y de Infraestructura y Gestión del Agua han presentado un proyecto de ley que modifica la Ley de Tráfico Vial de 1994 y el Código de Procedimiento Penal. Los cambios propuestos se centran principalmente en un enfoque más estricto sobre la conducción bajo los efectos del alcohol y en la abolición del actual régimen de reincidencia para las infracciones de tráfico graves.
Las investigaciones muestran que conducir bajo los efectos del alcohol es un problema creciente en las carreteras holandesas. En 2022, se descubrió que el 2,6% de los automovilistas conducían bajo los efectos del alcohol durante las noches del fin de semana, un aumento en comparación con el 1,4% en 2017. Estas cifras alarmantes exigen medidas drásticas para garantizar la seguridad vial. El aumento del número de lesiones y muertes graves en accidentes de tránsito refuerza la necesidad de normas más estrictas y de una aplicación efectiva.
El proyecto de ley actual introduce tres medidas importantes para reforzar la actitud ante la conducción bajo los efectos del alcohol. En primer lugar, el juez tiene la facultad de declarar inmediatamente ejecutable la inhabilitación para conducir. Además, si se impone una inhabilitación para conducir, el juez puede declarar inmediatamente inválida la licencia de conducir, incluso en el caso de una primera condena. Por último, se crea la posibilidad de aplicar una detención alternativa en caso de infracción de la prohibición de conducir.
Estas medidas están vinculadas a la inhabilitación para conducir y, por tanto, se aplican no sólo a la conducción bajo los efectos del alcohol, sino también a otras infracciones de tráfico graves como provocar peligro en la vía o abandonar el lugar de un accidente. Se trata de una ampliación significativa en comparación con el actual régimen de reincidencia, que sólo se aplica a la conducción bajo los efectos del alcohol.
El Consejo de Estado ha respondido críticamente al proyecto de ley y señala varios puntos de interés importantes. Por ejemplo, el Consejo considera que no se han explicado suficientemente la necesidad, la proporcionalidad y la subsidiariedad de la ampliación de las medidas. Además, no está claro qué consecuencias tendrá la prórroga para la viabilidad de la propuesta y cómo se informará a los conductores sobre las nuevas medidas que deberían tener un efecto disuasorio.
Otro punto importante de crítica es la vinculación de la detención alternativa con la denegación del derecho a conducir. El Consejo recomienda adaptar la exposición de motivos para justificar la necesidad y proporcionalidad de esta medida a la luz de la Constitución, el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (Carta de la UE).
El Consejo también formuló comentarios sobre la duración mínima de la detención alternativa. El plazo mínimo propuesto de dos semanas limitaría la discreción del juez al dictar sentencia y podría dar lugar a resultados desproporcionados. Por tanto, el Consejo aconseja no fijar una duración mínima ni reconsiderar la duración.
En respuesta a las críticas del Consejo de Estado, se han realizado varios ajustes al proyecto de ley y a la exposición de motivos. Por ejemplo, la duración mínima de la detención alternativa se ha reducido a tres días, comparable a la detención alternativa en caso de incumplimiento de una medida restrictiva de la libertad. Además, se ha aclarado que el juez determina la duración de la detención alternativa en cada caso individual, teniendo en cuenta las circunstancias del delito y las circunstancias personales del condenado.
La exposición de motivos también afirma que la detención alternativa no es una sanción punitiva por violar la prohibición de conducir, sino un medio para garantizar el cumplimiento de la prohibición de conducir. También se ha profundizado en la posibilidad de una doble pena, que sería contraria al principio ne bis in idem, y se ha aclarado que el procesamiento por infracción de la prohibición de conducir y la aplicación de la detención alternativa son procesos separados.
El proyecto de ley también ofrece al tribunal la opción de declarar inválidos los permisos de conducir extranjeros, siempre que el titular resida en los Países Bajos. Esto garantiza la igualdad de condiciones entre los titulares de permisos de conducir holandeses y extranjeros y refuerza la aplicación de la seguridad vial en las carreteras holandesas.
Para resumir escribe El ex Ministro de Justicia y Seguridad Yesilgöz-Zegerius afirma que el Consejo de Estado ha expresado algunas objeciones importantes al proyecto de ley, pero después de ajustes por parte de los ministerios, la propuesta parece lista para ser presentada a la Cámara de Representantes. Los cambios en la Ley de circulación por carretera de 1994 y el Código de procedimiento penal son cruciales para abordar de forma más eficaz la conducción bajo los efectos del alcohol y otras infracciones de tráfico graves, con el objetivo de mejorar significativamente la seguridad vial en los Países Bajos.